Nuevo Sistema de Justicia Penal en Tecate

La verdad sobre el Nuevo Sistema de Justicia Penal en Tecate

Desde noviembre de 2015, se dio inicio en Tecate con la impartición de un nuevo modelo para hacer justicia: El Nuevo Sistema de Justicia Penal, mismo que desde el 18 de junio del presente año debió de entrar en vigor en toda la República Mexicana pues así se estableció en el Diario Oficial de la Federación:

“Que el Código Nacional de Procedimientos Penales fue aprobado el 5 de febrero de 2014 por el Congreso de la Unión conforme a las facultades previstas en el artículo 73, fracción XXI, inciso C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y que tendrá vigencia en todo el territorio nacional, tanto en las entidades federativas como en los procesos federales, a más tardar el 18 de junio de 2016”.

El Nuevo Sistema de Justicia Penal tiene el objetivo de ofrecer a los ciudadanos una manera más eficaz y eficiente de acceder a la justicia. Para ello se ha establecido que a través de juicios orales, es decir, audiencias, se llegará a determinar si una persona es culpable de algún delito, por lo que podrá ser detenida únicamente cuando se le sorprenda en el acto delictivo o con una orden de aprehensión y será inocente hasta que se demuestre lo contrario.


“La diferencia es que todo es más rápido”


La Sala Unitaria de Tecate

En Tecate hay una única Sala Unitaria en dónde 4 jueces se encargan de ejecutar las audiencias. Con cinco puertas, una que da hacia la prisión momentánea de los acusados, otras dos que dan hacia las oficinas de los jueces y coordinadores y dos más que permiten la entrada o salida del público, la Sala Unitaria de Tecate tiene cinco cámaras colocadas en puntos estratégicos, así como una cámara adicional al fondo de la sala para asegurar el audio y grabaciones, en caso de que las cámaras o las dos grabadoras de audio que hay lleguen a fallar.

Está equipada también con una televisión que es utilizada para transmitir la vista de todas las cámaras y evidencias, -incluso evidencias físicas pues está conectada a una cámara- con cinco micrófonos, dos bocinas, una computadora -desde la que se maneja el sonido de micrófonos, grabaciones, impresora, entre otros- veintiocho asientos para el publico, tres para cada una de las partes, un asiento para que se ubique la persona a quien se le solicite declarar y el estrado del juez.

El delito y la libertad del acusado

Un delito puede ser considerado como grave, en el caso de homicidio, secuestro y privación de la libertad y no grave, cuando se trata, por ejemplo, de casos familiares de manutención. Para ambos casos, en este nuevo sistema hay distintas maneras y procesos que seguir.

Los no graves se juzgan a través de una audiencia de formulación por cita y en los graves tiene que solicitarse, por entes como la defensa y el Ministerio Público, una orden de aprehensión presentando a testigos o evidencia como fotos y vídeos. Acto seguido, se ejecuta una audiencia para saber si el acusado es detenido o se le da libertad con una medida cautelar, pues como ya se mencionó anteriormente, con esta nueva modalidad de justicia toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario, aspecto que vela por los Derechos Humanos pero que también ha levantado dudas, criticas y preocupaciones ante la suposición de que aquellos que delinquen no son castigados y por el contrario, se les premia con libertad.

Precisamente para evitar eso existen las medidas cautelares, que dependiendo del delito, pueden materializarse en una firma obligatoria cada cierto tiempo, una restricción para salir de la ciudad, del Estado, o de México, la prohibición de acercarse a un lugar, entre otros. En el mismo sentido, para que la persona cumpla con las medidas impuestas, se creó el Departamento de Evaluación, Supervisión de Medidas y Beneficios Judiciales, que en Tecate está a cargo de Diego Robles Palafox. En caso de que las medidas se violen se hace un reporte y el Ministerio Público pide una audiencia de revisión de medida cautelar en la que se puede solicitar prisión.

Las audiencias

Las audiencias son públicas y se requiere que la parte demandante y la del demandado se encuentren ahí y se presenten. Ambos pueden opinar y se les da el uso de la voz para que manifiesten sus inquietudes, preguntas y aclaraciones. A pesar de que cualquier persona puede entrar se puede restringir la presencia de quienes pudieran fungir como futuros testigos, pero es la defensa o la parte contraria la que debe señalar la presencia de estas personas y solicitar su retirada ya que esto podría afectar el proceso.

Dependiendo del tipo de audiencia (que puede ser una audiencia inicial, de injuración, de auxilio judicial o incluso para pedir al juez un permiso y oficio para entrevistar a una persona que se esta negando a ser cuestionada) éstas pueden llegar a durar alrededor de 15 minutos y en su conjunto, las distintas audiencias que en un caso se pueden requerir, pueden hacer que el proceso se extienda hasta por 2 años, aunque en ningún caso el acusado permanecerá más de dos años en prisión sin habérsele dictado sentencia.

El Nuevo Sistema de Justicia Penal requiere de la constante labor de jueces preparados por lo que en éste periodo vacacional en Tecate, solo un juez salió y los otros tres se quedaron, pues a pesar de que no todos los días hay juicios, el personal debe trabajar en el seguimiento de causas anteriores y en la elaboración de oficios y acuerdos.

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