Regalan dirección de CONALEP al aún dirigente de PAN en Tecate

A escondidas, en lo oscurito, mientras maestros se manifestaban en contra de las reformas educativas, gobierno del estado impone a ex dirigente (Figurativamente hablando, puesto que aún es dirigente) del PAN en Tecate como Director del CONALEP de esta ciudad. No habrá espacios educativos para jóvenes, pero si un hueso para los amigos de Kiko Vega.

Ricardo ya presentó su renuncia ante el partido y de ser aceptada, en su lugar quedará el Secretario General del PAN Ing. Miguel Carpio Brito, quien actualmente labora en la CESPTE.

Ricardo Ávila Yucupicio, quién hace unos meses acompañara el llanto de las candidatas Rosy y Lucy en una bien organizada ceremonia (e s fácil organizar eventos de tres personas), toma protesta el experto en educación media superior, quién precisa: “Estoy aquí para que el CONALEP sea visto como la primer opción de los alumnos que egresan de secundaria”.

¿Ricardo es un experto en educación?  Es un profesionista, sin embargo, seguramente Avila Yocupicio no es el mejor calificado para el puesto de director en un plantel de educación media superior. Además según La Ley General Del Servicio Profesional Docente estaría incurriendo en una grave falta, puesto que establece claramente en su título segundo, capítulo primero:

Artículo 12. Las funciones docentes, de dirección de una Escuela o de supervisión de la Educación Básica y Media Superior impartida por el Estado y sus Organismos Descentralizados deberán orientarse a brindar educación de calidad y al cumplimiento de sus fines. Quienes desempeñen dichas tareas deben reunir las cualidades personales y competencias profesionales para que dentro de los distintos contextos sociales y culturales promuevan el máximo logro de aprendizaje de los educandos, conforme a los perfiles, parámetros e indicadores que garanticen la idoneidad de los conocimientos, aptitudes y capacidades que correspondan.

Ahora bien, esto es solamente en materia de cualidades personales y profesionales, sin embargo ¿Qué hay con la evaluación que debe presentar cualquiera que pretenda ser director de una institución educativa en México?

En teoría, cualquier persona que desee ocupar este puesto, debe presentar un examen de evaluación para poder formar parte del nuevo esquema educativo. Yocupicio solo dijo que fue a cursos, que entregó alguna documentación (Incompleta), mas no habló de ningún examen que lo avale para dirigir dicho plantel, como lo marca la ley.

Hoy  gracias a la Reforma Educativa no puede entrar cualquier pelele a dirigir una escuela, y es muy probable que el ex presidente del PAN, Ricardo Ávila Yocupicio, así como  el Gobierno del Estado, hayan pasado por alto las nuevas leyes en cuanto al ingreso de docentes o a cargos de dirección y supervisión escolar.

¿Habrá sido solo por el justo hecho de premiarle su opaca y muy deslucida dirigencia del partido, así como su derrota como representante de los panistas en la pasada jornada electoral?

¿Pasó Ricardo por el debido proceso para poder ser el merecido director de CONALEP o solo fue un premio de consolación?

Les dejamos algunos Artículos e información de la Secretaria de Educación Publica

En el Capítulo 2, Párrafo  III.- Expedir los lineamientos a los que se sujetarán las Autoridades Educativas, así como los Organismos Descentralizados que imparten educación media superior, para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden para el Ingreso, la Promoción, el Reconocimiento y la Permanencia en el Servicio Profesional Docente en la educación obligatoria, en los aspectos siguientes:

  1. a) La evaluación para el Ingreso al servicio docente, así como para la Promoción a cargos con funciones de dirección y supervisión, mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan;
  2. f) La difusión de resultados de la evaluación del Ingreso, Promoción, Reconocimiento y Permanencia en el Servicio Profesional Docente;
  3. g) La participación de observadores de instituciones públicas y de organizaciones de la sociedad civil en los procesos de aplicación de instrumentos de los concursos de oposición para el Ingreso y Promoción, y

Asimismo en el TÍTULO SEGUNDO Del Servicio Profesional Docente CAPÍTULO I

De los Propósitos del Servicio

Artículo 12. Las funciones docentes, de dirección de una Escuela o de supervisión de la Educación Básica y Media Superior impartida por el Estado y sus Organismos Descentralizados deberán orientarse a brindar educación de calidad y al cumplimiento de sus fines. Quienes desempeñen dichas tareas deben reunir las cualidades personales y competencias profesionales para que dentro de los distintos contextos sociales y culturales promuevan el máximo logro de aprendizaje de los educandos, conforme a los perfiles, parámetros e indicadores que garanticen la idoneidad de los conocimientos, aptitudes y capacidades que correspondan.

(Segunda Sección) 35 Artículo 13. El Servicio Profesional Docente tiene los propósitos siguientes: I. Mejorar, en un marco de inclusión y diversidad, la calidad de la educación y el cumplimiento de sus fines para el desarrollo integral de los educandos y el progreso del país; II. Mejorar la práctica profesional mediante la evaluación en las escuelas, el intercambio de experiencias y los apoyos que sean necesarios; III. Asegurar, con base en la evaluación, la idoneidad de los conocimientos y capacidades del Personal Docente y del Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión;

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